Estudio Jurídico Alfaro y Madariaga · +15 años · +80 personas en el equipo
Nos dedicamos a las PYMEs: somos tu equipo legal frente al SII y la Tesorería, cumplimiento normativo, litigación, relación con proveedores y todo lo legal de tu empresa.
Sí, si actuamos a tiempo. El SII bloquea la facturación sobre todo por declaraciones atrasadas o por observaciones pendientes en tu carpeta tributaria. Revisamos tu caso, te ayudamos a poner al día lo que falte y respondemos las observaciones ante el SII para que no te restrinjan los folios ni la clave.
En muchos casos, sí. Revisamos el juicio que te inició la Tesorería y, según tu caso, presentamos la defensa que corresponde, pedimos el abandono del procedimiento o la prescripción, o buscamos un convenio de pago que permita alzar el embargo.
En algunos casos, sí. Si la deuda prescribió o la Tesorería dejó de mover el juicio, podemos pedir que se declare la prescripción o el abandono del procedimiento. Si no se puede eliminar, buscamos la mejor salida: defenderte en el juicio o negociar un convenio de pago.
Depende de tu caso. Revisamos cada deuda: la que prescribió o cuyo cobro quedó abandonado se puede eliminar completa, y sobre el resto se puede pedir la condonación de multas e intereses o negociar un convenio de pago. Te decimos cuánto se puede rebajar después de revisar tu caso.
Puede ser. Por regla general, el SII tiene 3 años para cobrar un impuesto, y 6 si la declaración no se presentó o era maliciosamente falsa. Pero ese plazo se corta con algunas actuaciones, como firmar un convenio de pago o recibir una notificación, por eso hay que revisar tu caso.
Mientras trabajamos en tu caso, buscamos que tu empresa pueda seguir operando. El tiempo para desbloquearla depende de por qué la bloquearon y de lo que tarde el SII en responder, por eso te damos un plazo cuando revisamos tu caso.
Podemos negociar con la Tesorería un convenio mejorado que reemplace al actual y deje de cobrarte la cuota que pagas hoy. Revisamos tus convenios y tus deudas, armamos la propuesta y la presentamos por ti.
Depende de cada caso y de los tiempos del tribunal, por eso no podemos darte una fecha exacta antes de revisar tu caso. Lo que sí hacemos desde el primer día es presentar tu defensa a tiempo y acompañarte en cada etapa del juicio hasta que termine.
Revisamos el documento que te llegó (citación, liquidación, giro o resolución) y te decimos qué hacer y en qué plazo. Si corresponde, presentamos el reclamo o la defensa ante el SII o el tribunal.
Sí. Revisamos por qué te bloquearon la facturación o la clave y hacemos las gestiones ante el SII para regularizar tu situación lo antes posible.
Te asesoramos para regularizarlas ante el SII de forma ordenada, antes de que el problema crezca. Los detalles los conversas en privado con tu abogado.
Según tu caso, podemos pedir la prescripción de la deuda o el abandono del procedimiento, negociar un convenio de pago o defenderte en el juicio tributario.
Si tu empresa es una sociedad (SpA, limitada u otra), la quiebra es de la empresa. Por regla general, tú no respondes con tus bienes personales por las deudas de la empresa, salvo las que hayas garantizado personalmente, por ejemplo como aval.
Con la quiebra terminan los contratos de trabajo. Los sueldos e indemnizaciones pendientes de los trabajadores se pagan antes que la mayoría de las otras deudas. Te acompañamos para hacer este proceso de forma ordenada y conforme a la ley.
No conviene sacar bienes antes de la quiebra, porque la ley permite revisar y anular las ventas o traspasos hechos antes del proceso. Por eso es clave que nos cuentes todo en la asesoría: revisamos lo que vendiste o tienes y te decimos cómo cuidar tu situación dentro de la ley.
Sí. La quiebra no te impide volver a emprender: cierra esta etapa de forma ordenada y legal, y después puedes seguir trabajando y crear una nueva empresa.
Tus acciones o derechos en sociedades pasan a ser parte de tus bienes en la quiebra, pero las empresas son personas distintas de ti. Si trabajas como persona natural con giro, los bienes del negocio son tuyos y entran en el proceso. Lo revisamos en tu caso.
Sí. Asumimos la defensa de tu empresa en el juicio y te asesoramos para prevenir estos conflictos con tus trabajadores y proveedores.
Sí. Primero revisamos qué dejó mal hecho o pendiente ante el SII y la Tesorería, y lo regularizamos para que tu empresa no siga sumando multas ni cobros.